La nueva Ley del aborto ya ha comenzado a dar sus frutos para el lobby abortista. El juez de Instrucción número 35 de Madrid, Ignacio Bigeriego, ha archivado la causa abierta para investigar las atrocidades de los abortorios Mayrit y CB Medical Ginedemex, filial en Madrid del centro abortivo de Carlos Morín. El abortista tiene pendiente otra investigación en Barcelona por motivos similares.
El abogado de Morín ha confirmado a Europa Press el archivo de las diligencias abiertas en febrero de 2007 al no apreciarse indicios de delito contra este personaje: "Se ha demostrado que no ha habido abortos ilegales ni intrusismo profesional". El juez ha determinado que se habían llevado a cabo dentro de los plazos marcados por la nueva ley e incluso la anterior legislación. Por eso, concluye que no hubo irregularidades en la práctica de los abortos.
Esta causa arrancó después de que un Juzgado de Barcelona registrara las clínicas de Morín. En la causa de Madrid, estaban imputados Morín, varios médicos y un psicólogo. Estaban acusados de los delitos de interrupciones del embarazo fuera de la ley, falsedad en documento privado e intrusismo. La juez anterior, Gemma Gallego, estudiaba las denuncias presentadas por la Consejería de Sanidad madrileña contra estos centros ante los juzgados de instrucción de la plaza de Castilla. El Gobierno regional ordenó la suspensión cautelar de la actividad de estas dos negocios abortistas.
El diario La Razón, que ha tenido acceso al texto del juez Bigeriego, señala:
"En cuanto al informe previo exigido, que eran emitidos por un psicólogo en vez de un psiquiatra –aunque la Audiencia de Madrid rechazó que ese hecho constituyese un delito de intrusismo–, el juez reconoce que los mismos «carecen de rigor», a la vista de las manifestaciones de las pacientes y de la documentación intervenida. Sin embargo, ello no es suficiente para que merezca una «respuesta penal, sin perjuicio de que sí lo sea en otras ramas del Derecho».
Así, señala cómo el psicólogo se entrevistaba con las embarazadas, «y en algunos supuestos de menores de edad, también con los padres y firmaba con ellos el consentimiento expreso. Por tanto, hay que entender cumplido el requisito del dictamen previo».
Es en este punto, el relativo a las menores que abortaron, donde el juez alude de forma explícita a la nueva legislación. «Respecto a las historias clínicas referentes a menores de edad –debe tenerse presente lo dispuesto por el art. 13.4º de la Ley Orgánica 2/2010 de 3 marzo–, resulta que hubo consentimiento previo de las pacientes, de acuerdo con lo que ellas declararon, así como sus progenitores». Por tanto, «no hay indicios que permitan afirmar» que se incurrió en delito de acuerdo con la legislación vigente cuando ocurrieron los hechos.
Sin embargo, y en relación con el consentimiento de los progenitorores, tal como publicó en exclusiva LA RAZÓN el pasado día 3, una menor que abortó en la clínica de Morín reconoció ante la jueza que entonces instruía la causa, que fue ella misma quien «firmó por su madre la autorización» necesaria para que pudiese interrumpir su embarazo. Esta versión fue confirmada por la progenitora, quien declaró que «probablemente su hija haya firmado, sin decirle nada, por ella» el indispensable consentimiento y, a la vez, no dudó en asegurar que la rúbrica que aparece en el documento «se parece a su firma, pero ella no lo ha firmado».
El magistrado reconoce igualmente que en las hojas de quirófanos aparece un ginecólogo como quien realizó los abortos, cuando la realidad no era así. Sin embargo, el juez rechaza, siguiendo los argumentos del fiscal, que ello puede constituir un delito de falsedad. Y ello porque, según lo manifestado por los auxiliares de la clínica, el objetivo no era otro que «tener una cobertura que les evitara posibles sanciones». Por tanto, señala el juez que «no había intención de perjudicar a un tercero, sino más bien de actuar en beneficio propio»."
| < Prev | Próximo > |
|---|






